martes, 27 de enero de 2015

Profesorado universitario a tiempo parcial

Ruling Barragán Yáñez

En un artículo anterior publicado en este diario, tratamos una condición laboral y salarial que afecta a cerca de dos tercios del profesorado universitario. Esta condición, denominada “tiempo parcial”, priva al profesor universitario de pleno empleo, estabilidad laboral y, lo que es peor aún, un salario mínimo. Invito al lector que lo leyó a que lo relea. Y al que no, que lo haga.

En tal artículo, concluimos que la condición de “tiempo parcial” no solo es perniciosa y deplorable por razones económicas y ético-profesionales relativas al docente, sino que también afecta negativamente la calidad de la enseñanza universitaria. Además, pone en entredicho el código de ética del profesor universitario de la Universidad de Panamá y, seguramente, el de otras universidades públicas y privadas.

Nuestro artículo no se limitó a exponer el problema, sino a identificar su solución; esta consiste esencialmente en una decisión político-administrativa de las más altas autoridades universitarias. Específicamente, la decisión recae en el Consejo General Universitario de cada universidad o - mejor aún - el Consejo Nacional de Rectores, para todas las universidades. No obstante, algunos objetan que aquella decisión no podría darse por tres razones básicas: (1) falta de voluntad política; (2) falta de presupuesto (no habría fondos para pagarle un salario mínimo a los profesores en cuestión) y (3) impedimentos administrativos (nunca hay seguridad en brindarle al profesor un horario completo cada semestre, el cual - por ley - le podría dar el derecho a exigir un salario mínimo). En lo siguiente, quisiera examinar y poner en tela de juicio tales objeciones:

1. Toda falta de voluntad política que impida un bien general - que además es justo, razonable y necesario - resulta perjudicial. Una buena (e inteligente) voluntad política constituye el pilar y motor de toda corporación o institución. Donde haga falta aquella voluntad, estas se desmoronan. Así pues, no es prudente abstenerse a realizar cambios políticos que beneficien a la mayoría, en especial cuando esta tiene buenas razones para exigirlos.

2. Las universidades sí tienen suficientes fondos para pagar salarios mínimos a todos sus profesores de tiempo parcial. La diferencia que existe para que el salario de estos profesores alcance el salario mínimo no excede $150.00 aproximadamente. Si una universidad alega no tener fondos para pagar el salario mínimo a estos profesores, lo correcto sería que cerrase. Tal alegato habla muy mal de sus finanzas o manejo financiero.

3. Si no existen suficientes horas para que un profesor a tiempo parcial tenga un horario completo (y por ello pueda exigir por ley un salario mínimo), la universidad podría muy bien asignarle labores adicionales de apoyo administrativo, de investigación o de extensión. De hecho, esto se realiza en ocasiones, pero de manera muy escasa y selectiva, a discreción de algunas autoridades universitarias. El punto aquí sería que esta prerrogativa de algunos se convierta en un derecho para todos.

Por todo lo anterior, nos parece totalmente improcedente que a la mayoría del profesorado universitario se le siga marginando a la condición de “tiempo parcial”. Tal condición laboral debería desaparecer. Las universidades tienen la obligación moral, profesional y económica de remunerar a estos profesores con un salario justo y digno, acorde a su formación y funciones.

Más aún por el papel que representan ante la sociedad y la dignidad que merecen dentro de la institución en la que trabajan (incluso, por la misma dignidad de la propia institución). Por su parte, los profesores en tal condición deberían tomar más conciencia de su estatus, reclamando a las autoridades universitarias que abandonen la malsana práctica institucional que han constituido las contrataciones a tiempo parcial.

Ojalá que los artículos presentados en torno a este tema no solo sirvan para reflexionar, sino para que el profesorado a tiempo parcial y las autoridades universitarias pongan fin a la condición denunciada en estos escritos.