sábado, 24 de diciembre de 2011

Una prueba al estado de derecho

Francisco Díaz Montilla

El regreso del septuagenario exdictador Manuel Antonio Noriega constituye una prueba para el sistema de justicia panameño, porque se verá si quienes administran justicia serán capaces de evaluar su situación jurídica al tenor de dos variables: hechos y normas, y desentenderse de la variable opinión pública y todo el apasionamiento que ella genera.

Más específicamente, la prueba a la que se habrán de enfrentar los administradores de justicia comprende dos cosas: una solución jurídica y no política a la posible solicitud de prisión domiciliaria al tenor de lo dispuesto en la ley penal panameña con respecto a los mayores de 70 años de edad (sobre esto ya he escrito antes, de manera que no voy a volver sobre lo mismo) y una solución jurídica y no política a las últimas acciones interpuestas en su contra por desaparición forzosa de personas. Esta última se relaciona con la primera por razones obvias.

Las dificultades que existen son varias. Se requiere, por ejemplo, saldar la aparente tensión entre las disposiciones penales y procesales, por un lado, y los derechos humanos (de las víctimas y del victimario), por el otro. Ciertamente, los delitos de lesa humanidad, como la desaparición forzada, tienen una historia bastante amplia, pero en nuestro sistema penal esa historia significa muy poco. ¿Deben ser los violadores de derechos humanos condenados a toda costa, incluso pasando por alto principios constitucionales y procesales-penales reconocidos?

La pregunta no es gratuita. El Estado panameño firmó y ratificó la Convención Americana sobre Desaparición Forzada de Personas (Ley 32 de 1995), la cual declara en el artículo VII la imprescriptibilidad de la acción penal en esa materia, “y con efectos hacia futuro” (fallo de la Corte Suprema de Justicia de 3/10/2006). Igualmente ratificó en 2002 el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional, el cual determina que los crímenes de su competencia no prescribirán (artículo 29) y reconoce el principio de irretroactividad ratione personae, según el cual nadie será penalmente responsable de conformidad con dicho Estatuto por una conducta anterior a su entrada en vigor (artículo 24).

Las disposiciones en esta materia han sido adecuadas a la legislación penal panameña; pero la tipificación de los delitos de lesa humanidad es de reciente data. De hecho, ninguno de ellos estaba tipificado antes de la reforma al Código Penal que entró en vigencia en 2008 y en el caso de la desaparición forzada, se tipificó apenas este año. Ya que los cargos por desaparición forzada formulados en contra del señor Noriega se remontan a casi cuatro décadas antes de su tipificación, ¿cómo los evaluará el juzgador? ¿Qué sentido tiene aquí el principio de irretroactividad ratione personae?

En el fallo citado, la Corte ha expresado su preocupación de que en casos como estos –los cuales pretenden juzgar actos ocurridos en situaciones de absoluta inseguridad jurídica– “se violenten (...) los derechos y garantías que la ley y la Constitución expresamente consagra en favor de todos sus ciudadanos”.

En un estado de derecho es de esperarse que esas cosas no sucedan. Noriega, entonces, no es solo una prueba para nuestro sistema de administración de justicia o un problema que los jueces o magistrados tendrán que resolver, sino también y fundamentalmente un problema para la idea que tenemos o podamos tener los panameños con respecto a qué es un estado de derecho.

http://impresa.prensa.com/opinion/prueba-derecho-Francisco-Diaz-Montilla_0_3280922034.html

miércoles, 14 de diciembre de 2011

El prisionero del Renacer

Roberto Arosemena Jaén

Noriega y todos los victimarios de la ciudadanía son adversarios políticos, no enemigos letales, aunque ellos sí lo han sido de decenas de inocentes asesinados. El clan de los noriegas es el clan de los indignos políticos que se han venido sucediendo en nuestra historia. Imaginario colectivo, en lugar de historia nacional, es el nombre correcto para mencionar a los buenos y malos “absolutos” de la política panameña.

El primer general Noriega, el de la guerra contra Panamá, la guerra de los Mil Días, es casi un héroe nacional como lo fueron Belisario Porras y Domingo Díaz, los generales de ocasión de la Primera y Segunda Campaña, de la misma macabra hostilidad que casi liquida a los pueblos del interior como Aguadulce y Penonomé en 1902. Aún se celebra el Pacto de la Reconciliación y el Perdón que fue el Tratado de Wisconsin que pacifica la lucha por el poder, entre los beligerantes liberales y gobiernistas pequeño colombianos.

Generales del imaginario de los “buenos absolutos” son José Antonio Remón Cantera y Omar Torrijos Herrera. Inocentes de toda culpabilidad, no porque se presume la misma, sino porque fueron los voceros del tratado canalero que permite el negocio de los comisariatos (supermercados) y del tratado canalero que permite, mientras se actúe juiciosamente, según el estándar estadounidense, la administración panameña del Canal del tratado de neutralidad.

Los casi siete mil millones de aporte de la administración panameña del Canal al fisco son suficiente garantía para la compra de la inocencia del líder máximo del 11 de octubre de 1968. La democracia constitucional es una mercancía que se sacrifica por la eficacia de un buen negociado.

 La pregunta (heurística), después de 22 años de la salida de Noriega, es por qué Panamá puede crear imaginarios de “malos absolutos” como el prisionero de Renacer y “buenos absolutos” como el caudillismo liberal de los años 20, el caudillismo del general Remón de los años 50 y el caudillismo del torrijismo, encapsulado en el PRD, con capacidad de crear y hacer desaparecer a los Noriega de su entorno íntimo.

Noriega en el banquillo de los prisioneros de guerra (EU) o como prisionero de Renacer, más que un individuo con sus demonios, sus pasiones o remordimiento de carne y hueso, es un antivalor, un ícono de la maldad. No se puede permitir la irracionalidad ciudadana ni por el tambor retumbante del “mundo nos mira” ni por la vocería de los históricos de la Cruzada Civilista.

Estigmatizar al brujo de Noriega y sacralizar el 11 deoctubre y su fruto más polémico, el tratado de neutralidad y funcionamiento del Canal, mandando al estercolero de la historia a uno de sus astutos dirigentes armados, es mantener la confusión histórica que hemos vivido. Los dirigentes iniciales de la cruzada, a pesar de los años transcurridos, no han logrado percibir que la cruzada de junio-julio de 1987, no es la cruzada de octubre del mismo año ni la cruzada que negoció la candidatura de Endara, bajo el mando determinante del Frente Empresarial del PRD. El caso Noriega que nos ocupa es el ajuste de cuenta de un proceso militarista, represivo y opresivo, que salvó rostros y lavó manos ensangrentadas con la figura odiosa de Noriega y el carisma del “imperdonable Omar”. Fue la guerra macabra, que olvidó los muertos de inicios de siglo, que dio como resultado la construcción del Canal; y ahora, fue la guerra provocada de Noriega contra el pueblo panameño que dio como resultado la aceptación irreversible de todo lo actuado por el torrijismo: los asesinatos, el Centro Bancario, los tratados canaleros y los dos gobiernos PRD de finales y principios de siglo. Tanto la invasión como las asonadas militaristas son resultados del mismo mal, el 11 de octubre, y la nefasta mentalidad del poder, sobre todas las cosas, que tan tristemente quiere repetir Ricardo Martinelli.

El prisionero de Renacer tiene la vergüenza, desde que fue detenido por la DEA, entró y salió del juicio de Miami, estuvo en París y recientemente, desde su llegada a Panamá, de no presentarse públicamente, de no dar la cara a los medios de comunicación. Rechaza las intolerables muestras de desprecio y acusaciones (exponerse al circo), pero sobre todo no resiste la rendición de cuentas ante una ciudadanía que en su momento supo gritar “Justicia y abajo el militarismo”. La palabra la tiene Noriega y dudo que esté en capacidad de romper el dolo del silencio.

http://impresa.prensa.com/opinion/prisionero-Renacer-Roberto-Arosemena-Jaen_0_3273422882.html