miércoles, 13 de agosto de 2014

Moralidad, razón y emoción

Francisco Díaz Montilla

David Hume, el célebre pensador escocés, postuló una teoría acerca de lo moral que –al menos en los círculos filosóficos- no ha sido tan atendida o valorada. Tal vez por los supuestos empiristas en que se fundamenta y las consecuencia teóricas (filosóficas) que surgen de ella.


http://doxa-filosofica.blogspot.com/2014/08/moralidad-razon-y-emocion.html 

Pluralismo religioso y neutralidad del Estado

Ruling Barragán Yáñez
 
En el estudio académico de la religión y las ciencias políticas, por “pluralismo religioso” se indica una actitud o postura política que, a partir de la modernidad, adopta el Estado ante la diversidad de credos (incluyendo convicciones filosóficas o ideológicas “no religiosas”, como el humanismo) que coexisten en una sociedad.

De acuerdo al pluralismo, el Estado otorga iguales libertades y obligaciones a todas las religiones y convicciones ideológicas, procurando que sus manifestaciones públicas no menoscaben a las de las demás. Al reconocer y proteger el pluralismo, el Estado no solo impide potenciales conflictos, sino que procura la convivencia pacífica entre distintas confesiones religiosas o no.

El pluralismo se asienta sobre una situación de facto y otra de jure: la diversidad de credos y el imperativo estatal de proteger las libertades de pensamiento, conciencia y religión, así como las de asociación, expresión y prensa que reclama cada visión del mundo en la actualidad. Este imperativo no resulta difícil de practicar hoy en sociedades abiertas y tolerantes (e.g. Estados Unidos, Suecia o el Reino Unido). Sin embargo, en las cerradas e intolerantes (e.g. Sudán, Corea de Norte o Eritrea), el imperativo ni siquiera existe.

Desde un punto de vista “epistémico” (relativo al conocimiento) el respeto y protección del pluralismo religioso por parte del Estado supone que asuma cierto “agnosticismo” sobre la verdad que reclama cada fe o ideología. En otras palabras, el Estado no puede favorecer de forma pública las pretensiones de verdad de ninguna religión porque no las puede conocer. Quod est veritas (¿Qué es la verdad?) preguntó Pilatos a Cristo. César (el poder) no puede reconocer a Cristo (la verdad). Mahoma o Buda habrían escuchado la misma pregunta de Pilatos.

El agnosticismo del Estado en materia religiosa es, en cierta forma, la garantía de su neutralidad. Al no poder conocer la verdad de ningún credo o convicción ideológica, no puede favorecer a ninguno. Por ende, tiene que mantenerse neutral. No obstante, esta no es absoluta. Desde un punto de vista ético, el Estado se sostiene sobre ciertos valores (e.g. hoy denominados “derechos humanos”) que, en mayor o menor medida, pueden ser (o no) compartidos por las diversas confesiones. En este caso, el Estado se alinea con los cultos que comparten esos valores, pero contraría a aquellos que tienden a excluirlos. Así, ejerce una neutralidad relativa, no absoluta.

Ningún Estado es ni puede ser “absolutamente neutral” en materia religiosa. El ideal es que se vuelva “relativamente neutral”, favoreciendo a todas las concepciones religiosas, filosóficas o ideológicas que respetan el orden normativo que promueven y protegen los derechos humanos. Aquellas religiones, filosofías, o ideologías que tienden a desestimarlos, tendrán dificultades y conflictos con el Estado, tal como este se concibe y ejerce su poder desde la modernidad.

Todo lo anterior podría resumirse del siguiente modo: el Estado no reconoce ninguna verdad absoluta de índole religiosa o existencial. No obstante, toma muy en serio los derechos y deberes que corresponden a todas las cosmovisiones, procurando que no choquen entre sí en la esfera pública (en la privada, siempre chocarán). Su imperativo es procurar el orden, seguridad, paz y justicia entre los ciudadanos, no descubrir cuál es la verdad última acerca del mundo y el ser humano.

Esto no significa que el Estado debe cerrarse a escuchar y así desestimar lo que tienen que decir las religiones. Si bien no podrá asumir ningún discurso de este tipo, puede recibir de ellos algunos elementos que le permita reconstruir para sí las verdades en común –de orden moral, no metafísico– que pueden encontrarse en las más diversas visiones del mundo. Estas deberán coincidir con los valores que representan los derechos humanos. Solo así el Estado podrá mantener su relativa neutralidad ante la diversidad religiosa e ideológica, así como sus potenciales (y más aún, reales) conflictos.
http://www.prensa.com/impreso/opinion/pluralismo-religioso-y-neutralidad-del-estado-ruling-barragan-yanez/373806