lunes, 19 de enero de 2015

Explicar, justificar y contextualizar

Francisco Díaz Montilla

El ataque perpetrado contra Charlie Hebdo genera múltiples discusiones. Algunas tienen indudable alcance jurídico: ¿Es la libertad de expresión un derecho absoluto o hay límites para su ejercicio? Otras tienen alcance epistémico: ¿Explicar un hecho equivale o implica su justificación? “Las explicaciones son respuestas a la pregunta ‘¿Por qué?”, escribió el filósofo de la ciencia Ernest Nagel en La estructura de la ciencia. Explica que cuatro son los modelos desde los que se puede responder esa pregunta: deductivo, probabilístico, funcional o teleológico y genético.

Aunque es difícil explicar un hecho como este apelando a modelos deductivos o probabilísticos, sí es posible hacerlo bajo funcionales o teleológicos (los atacantes actuaron con un fin o propósito) y/o bajo genéticos (el hecho se configuró siguiendo una secuencia temporal desde su planificación hasta su culminación). La palabra “justificación”, en cambio, tiene al menos dos sentidos, uno teórico y otro práctico (ético-jurídico-político). En sentido teórico, la justificación considera si determinadas evidencias respaldan una hipótesis, o si la conclusión de un argumento está lo suficiente (o parcialmente) respaldada por las premisas, o si una creencia (en sentido epistemológico) se puede sostener. Desde el punto de vista teórico, hay una relación estrecha entre explicación y justificación, pues toda explicación es argumentativa, en tanto exige poner en perspectiva evidencias e hipótesis o premisas y conclusiones. ¿Estaba justificada la creencia (desde el punto de vista teórico) de que los atacantes perpetraran el ataque contra Charlie Hebdo? Quizás solo los cuerpos de seguridad y políticos franceses puedan responder esa pregunta.

En sentido práctico, la “justificación” apunta a algo radicalmente distinto. No tiene que ver con si un conjunto de evidencias respalda, o no, una hipótesis, o si la conclusión se apoya (total o parcialmente) por las premisas, sino con la corrección de la acción de acuerdo con ciertos estándares (valores o principios) ético-jurídicos. Por tanto, desde una mirada práctica, el ataque es injustificable. Pero, ¿estarían “prácticamente” justificadas las irreverentes publicaciones de Charlie Hebdo? La pregunta nos lleva otra vez a la cuestión jurídica que mencionamos al inicio. Al margen de la respuesta, no hay que confundir los sentidos teórico y práctico de la “justificación”.

Aunque presupone ciertas reglas, y en ese sentido es normativa, en el primer caso las reglas son más de tipo lógico (deductivas o inductivas); mientras que en el segundo, regulan u orientan la acción (justa, correcta, buena). De forma lamentable, los políticos, no pocos académicos y gente común y corriente pasan por alto esa elemental distinción al evaluar el ataque. Los actos humanos para ser comprendidos y explicados requieren ser puestos en relación con otros. Es lo que se entiende por contextualización de los hechos, que busca crear un escenario teórico para explicarlos y justificar el conocimiento que deriva de esa explicación. Por esto, difícilmente se puede sostener que al contextualizar los hechos y explicarlos, se busca justificar el fundamentalismo, el terrorismo o los asesinatos.

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