sábado, 26 de octubre de 2013

¿Cuán laico es el Estado panameño?

Francisco Díaz Montilla

Históricamente hubo una especie de complicidad con el catolicismo que se tradujo para este grupo en un trato en cierto sentido privilegiado. En fallo de 5 de septiembre de 1997, bajo la ponencia del magistrado Fabián Echevers, el pleno de la Corte Suprema señaló: “Nuestra Carta Fundamental pone en evidencia un ´cristianismo confeso´ del constituyente, que emana del preámbulo (´invocando la protección de Dios´) y del artículo 35 del texto constitucional (´respeto a la moral cristiana´, ´la religión católica es la de la mayoría de los panameños´), valor fundamental que la magistratura constitucional debe tener presente”.

Las huellas constitucionales de ese catolicismo confeso reivindicado por nuestra Corte se remontan a un período anterior a la formación de la República. Ciertamente, la Constitución de Cádiz de 1812, Art. 12, reconocía al catolicismo como el credo perpetuo de la nación española. De igual modo, la Constitución colombiana de 1886 en el Art. 38.

Con la separación en 1903, la católica dejó de ser la religión de la nación y devino en la de la mayoría de los habitantes de la República, según la Constitución de 1904, que contemplaba la posibilidad de auxilios para fundar un seminario conciliar en la capital y para misiones a las tribus indígenas (Art. 26). Esta idea se mantuvo inalterada en la Constitución de 1941 (Art. 27), así como la enseñanza del catolicismo en las escuelas públicas. De igual modo se pronunciaría la Constitución de 1946 (Art. 36). La de 1972 y sus subsiguientes reformas mantuvieron intacto el enunciado estadístico sobre la religión mayoritaria de los panameños, mantuvieron su enseñanza en las escuelas y colegios, y mantuvieron invariante –hasta ahora– el compromiso del Estado con la moral cristiana. Con respecto a la enseñanza del catolicismo, el anteproyecto de Acto Constitucional propuesto por la comisión especial de consulta de las reformas a la Constitución Política de la República de Panamá señala: “Se enseñará la religión católica y valores cívicos, éticos y morales en las escuelas oficiales y particulares”.

En un escenario como el descrito, no es de extrañar la aprobación de una ley que decreta septiembre como el mes de las sagradas escrituras (Ley 26 de 2007) y otra que establece el segundo viernes de este mes como el día del perdón en la República de Panamá (Ley 72 de 2012). Bajo tales parámetros, la idea de edificar un colosal monumento a Santa María la Antigua, destinando bienes públicos, es plenamente concebible. No hay que perder de vista que la religión es un componente cultural y que –en el caso de nuestro país– es innegable la influencia del catolicismo en la historia. Sobre ello se dice en el anteproyecto de Acto Constitucional: “Se reconoce el protagonismo de la religión católica en la formación histórica y cultural de la Nación panameña”. Pese a ello, ¿es deseable que el Estado disponga de bienes públicos para una obra de esta naturaleza? En un Estado que se profese laico, definitivamente no; el problema con el nuestro es que es menos laico de lo que pensamos.

http://www.prensa.com/impreso/opinion/%C2%BFcuan-laico-es-estado-panameno-francisco-diaz-montilla/201310