martes, 26 de julio de 2016

A propósito de la ‘ideología’ de género

Francisco Díaz Montilla

Mucho se habla en estos días de ideología (en realidad enfoque) de género como algo nefasto y peligroso. Sin embargo, en el ámbito académico de las ciencias sociales, “género” es una categoría, al igual que en física lo son “masa” y “trabajo”. Como tal tiene un sentido técnico, que no se debe confundir con el sentido de habla corriente o cotidiano. El enfoque de género no es más que la puesta en perspectiva teórica de las diferentes oportunidades que tienen hombres y mujeres, sus interrelaciones y los distintos papeles que se les asigna.

Tal vez el uso corriente lleve a confundir (identificar) el género con el sexo, del mismo modo en que se confunde la masa de un cuerpo con su peso. Parte del rol de la explicación científica es evitar tales equívocos. Académicamente, cuando se habla de género como construcción social se trata de algo distinto al sentido que habitualmente le atribuimos a esa palabra. El sentido constructivista no es, sin embargo, arbitrario ni antojadizo, tiene un fuerte respaldo empírico.

Al nacer, los individuos son clasificados, por ciertas condiciones fácticas, en distintos sexos. Pero esas condiciones (si se quiere naturales) son diferentes a las expectativas socioculturales que se tiene de ellos. Es a partir de estas que se construye el género. Aunque se piensa que esas expectativas están condicionadas por la naturaleza, nada tienen que ver con ella, son consecuencia de procesos de interacción, en los que se estipulan roles que, en teoría, deben asumirse sin más, aunque los hechos muestren otra cosa. Así, desde el punto de vista constructivo se rompe con la identidad sexo-género a la que nos tiene acostumbrado el sentido común. Esta idea supone una revolución para la comprensión de las relaciones entre individuos a todos los niveles: social, político, económico, individual, sexual y reproductivo. Quizás sea este carácter revolucionario la fuente de tanto miedo.

Cuando se dice que el enfoque de género –éticamente inclusivo– es ideología se busca descalificar. El Diccionario de la lengua española registra dos sentidos de la palabra ideología; el primero significa: “Conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona, colectividad o época, de un movimiento cultural, religioso o político, etcétera”, y el segundo: “Doctrina que a finales del siglo XVIII y principios del XIX tuvo por objeto el estudio de las ideas”.

En el primero, por lo tanto, si lo ideológico es suficiente para descalificar, entonces dado que lo religioso no escapa de ello, al aplicarse a sí mismo equivale a una autodescalificación. Argumentar desde la Biblia para oponerse al proyecto de ley 61 presupone una postura ideológica. Si lo ideológico fuese suficiente para desestimar el enfoque de género, por lógica, también habría de serlo para desestimar el enfoque que proponen los grupos religiosos y quienes los secundan. Pero, al menos, el enfoque de género ofrece ventajas a ponderar: No es dogmático, es autocrítico, autocorregible, abierto y ofrece soluciones realistas a un problema que –de mantenerse– terminará asfixiándonos a todos.

http://www.prensa.com/opinion/proposito-ideologia-Francisco-Diaz-Montilla_0_4537046382.html

miércoles, 20 de julio de 2016

Carta al rector magnífico

Roberto Arosemena Jaén

Ante la intempestiva derrota electoral del rector Gustavo García de Paredes se han creado expectativas muy positivas sobre la renovación de la Universidad de Panamá. Dr. Eduardo Flores Castro, usted ha querido y ha logrado, después de dos laudables esfuerzos, el apoyo irrestricto de los tres estamentos universitarios para asumir el cargo de rector.

Esto significa en “buen panameño” que usted está dispuesto y preparado para asumir los retos que implica ser la máxima autoridad de la Universidad de Panamá y su representante legal. De la Universidad de Panamá, dice la ley, no de la mal llamada Casa de Octavio Méndez Pereira y menos, “Casa de Gustavo García de Paredes”. El momento de llamar a las instituciones por su nombre ha llegado, y hay que dejar de acudir a simbolismos e íconos del pasado.

Estimado, Dr. Flores, sé y conozco de su crítica directa al centralismo del anacrónico rector magnífico, que podría estar en su puesto hasta el 1 de octubre del presente. Le recuerdo el irracional e inviable artículo 86, del Estatuto Universitario: 
“Son funciones del rector de la Universidad de Panamá: a) Convocar y presidir el Consejo General Universitario, el Consejo Académico, el Consejo Administrativo, el Consejo de Investigación, el Consejo de Centros Universitarios, los Consejos de Facultades y la Junta de Institutos”.
Como si estas atribuciones no fuesen suficientes, estimado próximo rector, el artículo 57 que obliga a los otros órganos de gobierno, que no son presididos por el rector (junta de facultad, juntas de escuelas, junta departamental, juntas de coordinación de facultades) 
“que una medida por ella acordada (se refiere a las cuatro juntas indicadas), deba ser conocida a la mayor brevedad por el rector, autorizará al decano (y a cualquiera de los directores de estas respectivas juntas) para que se le comunique antes de que sea aprobada el acta de la respectiva sesión, y el rector podrá hacer uso de su derecho de objeción o aprobación ante la junta de facultad (o cualquiera de las cuatro juntas mencionadas)”. 
¡El centralismo impúdico alcanza un horizonte casi absoluto, con esta normativa!

Independientemente, Dr. Flores, de su voluntad de liquidar el centralismo señalado en el manejo de los órganos de gobierno de la Universidad de Panamá, que por mandato de la ley es una institución democrática, usted está obligado –iuris tantum– a cumplir con el Estatuto Universitario, patológicamente afectado de centralismo.

Usted debe saber cómo evitar esta desvergüenza. La pregunta que le hago es: ¿Cómo vamos a lograr sustituir esta normativa? Está su núcleo de colaboradores dispuesto a renunciar a estas prerrogativas. Espero que todos hayan sido consultados al respecto.

Otro aspecto que me atrevo a presentar en esta carta abierta es el absurdo de la gestión universitaria, basada en comisiones de libre nombramiento y remoción de los decanos, para asuntos tan importantes como el reclutamiento de los profesores, para la docencia, investigación y extensión. Esto se llama “banco de datos”. El profesor que se someterá a concurso debe pertenecer a un banco de datos por cinco años. Estos son síntomas de corporativismo.

Otro síntoma de tráfico de influencia es la Comisión de Evaluación del Desempeño y Ejecutorias del Docente. Esta evalúa, en nombre del decanato, y sus resultados son de libre administración de la Vicerrectoría Académica y, en última instancia, como se ha visto, bajo control del mismo rector magnífico.

Estimado próximo rector magnífico, por su esfuerzo desplegado, usted se merece una transición fluida y responsable. Su equipo debería estar proyectando el próximo presupuesto que se aprobará a fin de año. Usted debería recibir, directamente, los informes de rendición de cuentas de todos los órganos de gobierno y de todas las autoridades que finalizan en septiembre de este año. Creo que el apoyo recibido electoralmente le faculta a tomar estas decisiones.

http://impresa.prensa.com/opinion/Carta-magnifico-Roberto-Arosemena-Jaen_0_4533296682.html

lunes, 11 de julio de 2016

¡Es hora de tomar decisiones!

Francisco Díaz Montilla

Kenneth Arrow enseñó que cuando de decisiones se trata, si hay dos integrantes y al menos tres opciones entre las que se debe elegir, es imposible diseñar una regla de elección social que satisfaga ciertas condiciones de racionalidad y un mínimo de condiciones consideradas democráticas (principio de no-dictadura y principio de no-imposición). Esta idea aplicada a la discusión sobre el proyecto 61, por el que se adoptan políticas públicas de educación integral, atención y promoción de la salud, implica que no existe una salida democrática a este tema, y que una salida realista no puede darse al margen de cierta imposición. La cuestión es ¿quién asumirá el rol de dictador para salir del atolladero en el que estamos desde hace casi una década: ¿la Iglesia, alguna asociación pro vida o pro familia, el Estado a través del Legislativo?

La Iglesia solicitó que el proyecto sea devuelto a primer debate, eso equivaldría a empantanarse más. Llegó la hora de tomar decisiones, la Asamblea Nacional debe cumplir con su tarea. ¡Ya se ha discutido suficiente! El proyecto tiene al menos tres componentes: Educativo, sanitario y jurídico; lamentablemente, quienes se oponen han distorsionado contenidos, tanto del proyecto como de las guías que elabora el Ministerio de Educación.

No se debe perder de vista que constitucional y legalmente, la educación pública es responsabilidad del Estado; aunque hay un espacio para la educación en el hogar (ámbito privado), dicho espacio no es absoluto. En segundo lugar, que el componente educativo es una estrategia para enfrentar un problema de salud pública; es decir, contrario a lo que argumentan algunos sectores, se trata de un estado de cosas que desborda el ámbito hogareño; por lo que, el Estado a través de sus instituciones educativas y de salud, está plenamente facultado para actuar.

Estas razones, aunque quizás insuficientes, son a favor del proyecto. Sin embargo, que tengamos una ley en esa línea, no implica que todos deban someterse a ella, por muy altruista que esta sea. La Constitución, por ejemplo, en el artículo 107 señala: “Se enseñará la religión católica en las escuelas públicas, pero su aprendizaje y la asistencia a actos de cultos religiosos no serán obligatorios cuando lo soliciten sus padres o tutores”.

La enseñanza de la religión católica en las escuelas públicas, por tanto, solo tiene sentido bajo el presupuesto del consentimiento de los padres o tutores. Se podrá objetar que enseñanza religiosa no es educación después de todo, de ahí la excepción constitucional. Pero mi punto es que, por analogía, en la ley se podría condicionar la enseñanza de la educación sexual a menores al consentimiento de los padres o tutores. Esta salida implicaría tres cosas: que los padres que no estimen necesario que sus hijos reciban educación sexual puedan hacer su solicitud formal al respecto; que se garantiza al resto de la población el derecho a que se les proporcione educación sobre un tema que no debe ignorarse y que redundará en su propio beneficio; y que no se vulnera el principio de libertad de decisión (elección) de los padres o tutores.

http://impresa.prensa.com/opinion/tomar-decisiones-Francisco-Diaz-Montilla_0_4526547367.html

viernes, 24 de junio de 2016

Nuestro canal: reflexiones que deben ser recordadas después del 26 de junio de 2016

Roberto Arosemena Jaén

El imaginario colectivo ha declarado que el Canal de Esclusas es panameño. Este alarde de propietario se alimenta de declaraciones oficiales, mediáticas y de redes sociales de información. Estamos esperanzados que el 26 de junio de 2016 el futuro de riquezas y bienestar se derramarán sobre la sociedad panameña. Ya no se trata de la vieja fantasía de 1903, sino de la realidad aclamada del Canal Ampliado. Por desgracia, es una horrible falacia.

No obstante, el país está de fiesta y las celebraciones se comparten selectiva y masivamente en pequeños y grandes festines. Todos estamos invitados, pero nunca dejan de faltar los aguafiestas, y yo me incluyo entre ellos. Me opuse al Tratado de neutralidad permanente, votado en dictadura; me opuse al Referendo de la Ampliación, donde más de la mitad se abstuvo y casi un tercio votó en contra. En efecto, el 70% de los que votaron, votaron por la Ampliación.

Por otra parte, me cuento entre los ciudadanos que aspiran y luchan, en la medida de sus posibilidades, por una patria soberana y una comunidad próspera y digna. Somos dueños no sólo del Canal, sino de la Zona de Tránsito, de sus aguas ribereñas, de sus minas y cuencas hidrográficas. En esto consiste, la verdad histórica de la lucha de los panameños. Sólo la verdad de este proyecto histórico de nación, nos hará libres.

Urge insistir en la verdad histórica para ser libres. Es un hecho notorio que se tiene un pacto de funcionamiento permanente del Canal. Los Instrumentos de Ratificación –prohíben a Panamá a hacer un presupuesto para que los peajes beneficien a su población. El objetivo de los peajes es autofinanciar al Canal. No existe incertidumbre sobre los Ingresos del Canal. La Reserva 4 y Entendimiento 1 del Tratado de Neutralidad y Funcionamiento permanente son de estricto cumplimiento. De qué sirve ser dueño formal y hasta constitucional de todo nuestro territorio, sino tenemos libertad ni arbitrio para establecer un presupuesto canalero que produzca ingresos fiscales. Los excedentes del Canal son migajas para un país empobrecido.

Armadores, compañías navieras, inversionistas, mandatarios, emprendedores y especuladores mundiales están deslumbrados por esta magna obra que beneficia a los dueños del transporte marítimo de la costa este y oeste de los Estados Unidos de América y al resto de los comerciantes y armadores del mundo. Este plan deliberado y perverso de beneficiar a los fuertes fue vislumbrado por Jimmy Carter y Omar Torrijos cuando firmaron los criterios y los factores a considerar para determinar los ingresos del Canal.

La realidad y la seguridad jurídica del manejo del Canal Ampliado se basa en un protocolo ya pactado y que las autoridades panameñas no se atreven a debatir. Todo lo contrario, quieren sepultar nuestras claudicaciones en ese imaginario masivo de que el Canal es Nuestro.

Algunos defensores oficiosos de la administración canalera, en rigor, tendrán que proponer alternativas beneficiosas para la población panameña. Estas oportunidades colaterales tendrán que surgir no de las migajas de los excedentes, sino de las inversiones que se desarrollen en las riberas del Canal para darle apoyo logístico al aumento del tráfico.

Hay que superar el protocolo del manejo actual que imponen los tratados canaleros. Es una labor difícil pero impostergable. El tema del canal no es de imaginarios sino de realizaciones. Es un tema político de realismo fáctico –no mágico-. Además, es un tema de la esfera pública. Tema que requiere de una cultura de reciprocidad y equilibrio diplomático que tiene que distanciarse del exhibicionismo publicitario y del reduccionismo administrativo, que blinda de la consulta democrática y ciudadana todo lo concerniente al mito del Canal. Gritar que somos dueños del Canal es repetir esa paradoja que Justo Arosemena señaló 150 años atrás: saludar en los puertos a buques con banderas que no son nuestras.

El autor es filósofo y abogado panameño.

martes, 14 de junio de 2016

El alto costo de la educación superior

Francisco Díaz Montilla

Posiblemente, una de las pocas verdades claras y distintas en materia económica es que nada es gratuito. La Constitución panameña, por ejemplo, señala que la educación (inicial, premedia y media) es gratuita, pero si nos detenemos por un momento a evaluar la ley presupuestaria, nos percataremos de cuán costosa es realmente.

En contraste con la inicial y la premedia, ni la educación media ni la superior son obligatorias. Es decir, los padres de un estudiante que alcanza el noveno grado, no están obligados a enviar a sus hijos para que culminen estudios de bachillerato, y los que superan el duodécimo grado no están obligados a asistir a la universidad.

Lo anterior, sin embargo, no es óbice para que el Estado destine en su presupuesto general una importante cantidad de dinero para el funcionamiento de los colegios y universidades. De hecho, en materia de educación superior, si nos atenemos al presupuesto del año 2016, constataremos que el Estado ha destinado aproximadamente el 2.04% al funcionamiento de las cinco universidades oficiales.

De ese total, el 56.21% se destinó a la Universidad de Panamá (UP). Uno puede concluir a priori que se trata de un gasto ridículo si se compara con otros tal vez menos necesarios. Y posiblemente sea correcto. Pero comparado con los costos en universidades particulares, ¿cuán barata es realmente la educación superior pública?

A manera de ejemplo, tengamos presente que en el año 2015 la UP recibió un presupuesto de $209 millones 394 mil 900 para funcionamiento e inversión.

Consideremos, además, que la matrícula promedio en ese año fue de 51 mil 254 estudiantes. Si relacionamos el monto asignado con la matrícula, quiere decir que cada estudiante le costó a la sociedad panameña aproximadamente $4 mil 85 ese año. Bajo el supuesto de que la cantidad de matrícula y el presupuesto asignado sean invariantes, y teniendo en cuenta que las licenciaturas (salvo medicina, odontología, entre otras) tienen una duración de cuatro años, quiere decir que el costo de graduar a un profesional en la UP sería de aproximadamente $16 mil 340. Esta cantidad se incrementa por el hecho de que a los estudiantes les toma más de cuatro años graduarse.

Posiblemente los costos en que incurre la sociedad panameña para financiar los estudios de sus profesionales sean menores en los otros centros de educación superior. Sin embargo, pareciera prima facie que el costo promedio en las universidades públicas es mayor que en las particulares. Deberíamos plantearnos si es más viable para el Estado becar a cada estudiante en alguna universidad particular o, incluso, enviarlos a algunos países vecinos. Se trata, pues, de un tema que desborda a las universidades y atañe a la sociedad panameña en su conjunto.

Plantearse esta cuestión es posible siempre y cuando nos planteemos como sociedad el problema de la educación superior desde un punto de vista institucional, sin apasionamientos y bajo parámetros realistas. Lamentablemente, es poco probable que esto ocurra, pues persiste la arraigada idea de que el Estado debe brindar educación superior a los ciudadanos. Y posiblemente así sea, pero no a cualquier precio. En materia de educación superior, la carga de los costos debe ser más equilibrada, pues –como hemos indicado- la educación superior no es obligatoria.

http://impresa.prensa.com/opinion/educacion-superior-Francisco-Diaz-Montilla_0_4506299396.html